El Decreto 1043/2018 publicado en el Boletín Oficial el 13 de noviembre de 2018, establece un procedimiento por el cual los empleadores, antes de disponer despidos sin justa causa de trabajadores con contratos de trabajo por tiempo indeterminado, deberán comunicar la decisión al Ministerio de Producción y Trabajo. La comunicación se debe realizar con una antelación no menor a 10 días hábiles previo a que el despido se haga efectivo.
El Ministerio de Producción y Trabajo podrá convocar al empleador y al trabajador junto con la asistencia gremial pertinente, a fin de celebrar las audiencias necesarias durante el plazo de 10 días referido, para considerar las condiciones en que se llevará cabo la extinción laboral.
El incumplimiento por parte del empleador dará lugar a las sanciones previstas en el Pacto Federal del Trabajo, que van desde el apercibimiento al empleador hasta la clausura del establecimiento por un plazo de hasta 10 días, pasando por la aplicación de multas de hasta 2.000% del valor mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Queda exceptuado de este procedimiento el personal de la Industria de la Construcción, contratado en los términos de la ley 22.250.
La obligación previa de informar introducida por este procedimiento permanecerá vigente hasta el 31 de marzo de 2019.